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La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior, define la estructura de las enseñanzas universitarias en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado.
El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, en su artículo 2.1., define el doctorado como el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, conducente a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad.
La publicación del Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado ha implicado el desarrollo de dos normativas propias en la Universidad de Sevilla:
- Acuerdo 7.2/CG 17-6-11, por el que se aprueba la Normativa de Estudios de Doctorado.
- Acuerdo 9.1./CG 19-4-12, por la que se aprueba la normativa reguladora del régimen de tesis doctoral.
Los programas de doctorado regulados por ordenaciones anteriores (RD 185/1985, 778/1998, 1393/2007) no admiten estudiantes de nuevo ingreso al encontrarse en proceso de extinción.
Véase Plazo y fecha límite para la defensa de la tesis (https://www.doctorado.us.es/tesis-doctoral/presentacion-de-la-tesis-doctoral)
Para los estudiantes que se matriculen en programas regulados según el RD 99/2011, se establecen 3 años (más 2 prórrogas de un año cada una) a tiempo completo y 5 (más 2 prórrogas, la primera de dos años y la segunda de un año) a tiempo parcial.
Para más información consulte:
Actualmente, los programas de doctorado a los que se puede acceder, como estudiante de nuevo ingreso, son los regulados por el R.D. 99/2011. Puede consultar la oferta de estudios en la siguiente dirección: oferta formativa
Para acceder* al programa de doctorado regulado por el R.D. 99/2011 será necesario, con carácter general
También podrán acceder a un programa de doctorado quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
*En aplicación de la Normativa de matrícula del curso actual podrán solicitar la admisión a un programa de doctorado RD 99/2011 aquellos estudiantes que estén en condiciones de obtener el requisito de acceso antes de la finalización del plazo de matrícula.
Para saber más: Acceso a estudios de doctorado
Actualmente, como estudiante de nuevo ingreso te puedes matricular en un programa regulado por el RD 99/2011. Para ser estudiante de doctorado debes realizar los siguientes pasos:
Ambos documentos pueden remitirse escaneados a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
La admisión a un programa de doctorado RD 99/2011 debe realizarse a través del Distrito Único Andaluz, cumplimentando el formulario online dentro del plazo de admisión establecido en el calendario del curso actual.
La Comisión Académica de cada programa de doctorado puede establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de estudiantes a su programa, por lo que los baremos podrán ser diferentes en un programa u en otro. Para mayor información sobre el proceso debes consultar al coordinador/a del programa.
Desde la finalización del plazo establecido para la solicitud de admisión, la Comisión Académica del programa dispone de los plazos establecidos en el calendario del curso actual.
Para títulos expedidos por una Universidad española, en aplicación de la disposición final tercera, punto 2 del Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la expedición del Suplemento Europeo al Título Universitario de Doctor, podrán acceder a un programa de doctorado RD 99/2011 quienes estén en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al Nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.
En el caso de titulaciones expedidas por una Universidad no española, el estudiante deberá obtener la declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial (Nivel 3 MECES: Máster), según lo establecido en el RD 967/2014, de 21 de noviembre.
Recuerda que si la Universidad de origen no pertenece al EEES, debes solicitar en primer lugar la autorización a la Universidad de Sevilla (A03 - Solicitud de autorización previa para titulados conforme a sistemas educativos extranjeros) con la documentación debidamente traducida y legalizada.
Para acceder a los estudios de doctorado, será necesario estar en posesión de un título universitario español o de otro país integrante del EEES que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60 ECTS habrán de ser de nivel de máster.
VéaseResolución rectoral por la que se establecen equivalencias de créditos y valoración de nivel de máster de los títulos universitarios oficiales españoles
Los estudiantes que no alcancen los 300 ECTS, de los cuales al menos 60 ECTS deberán ser de nivel de máster, no podrán acceder a un programa de doctorado (RD 99/2011). En el caso de titulaciones que no hayan sido expedidas por la Universidad de Sevilla, el estudiante deberá presentar un certificado emitido por la universidad de origen en el que se indique la equivalencia en créditos ECTS y la valoración del nivel de máster. Los certificados emitidos en idioma diferente al castellano deberán venir debidamente traducidos.
Recuerda que si la Universidad de origen no pertenece al EEES, antes de solicitar la admisión, debes solicitar en primer lugar la autorización a la Universidad de Sevilla (A03 - Solicitud de autorización previa para titulados conforme a sistemas educativos extranjeros) con la documentación debidamente traducida y legalizada.
El contacto administrativo es el lugar en el que entregar y/o recoger documentación relacionada con el programa y con la Comisión Académica del mismo.
El contacto académico es el coordinador/a del programa a quien poder realizar consultas relacionadas con el propio programa, líneas de investigación, formación doctoral, etc.
Si has estudiando fuera de España y posees un título expedido por una universidad extranjera deberás presentar la documentación traducida por un traductor oficial (si la Universidad que expidió el título pertenece al Espacio Europeo de Educación Superior) y si no pertenece al E.E.E.S. además de la traducción deberá presentar la legalización de los documentos.
Puedes consultar las vías de legalización en el siguiente en 'Estudiantes extranjeros'
Para continuar los estudios en un programa regulado por el R.D. 99/2011 en la Universidad de Sevilla proveniente de otra Universidad, debes solicitar la admisión al programa, y el traslado de expediente al mismo. En su solicitud de admisión debe incluir una comunicación de su anterior Director/a de tesis indicando que tiene conocimiento de que abandona el plan de investigación (se puede incluir una comunicación del órgano responsable del programa en el caso de que no sea posible ponerse en contacto con el Director/a de tesis).
Si es admitido/a, debe remitirse al Secretariado de Doctorado el informe de admisión, y copia de la solicitud de traslado (A08 - Solicitud de adaptación a un programa de doctorado conforme al RD.99/2011, así como la comunicación del anterior Director/a de tesis.
Cuando la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla apruebe el traslado de expediente, se remite una comunicación al doctorando/a, así como a la Comisión Académica del programa.
Para mas información contactar con el Servicio de Doctorado en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Una vez admitido al programa de doctorado, debes realizar la matrícula en concepto de tutela académica en el Servicio de Doctorado de la Universidad de Sevilla (ver localización y horarios). En aquellos casos en los que se requieran complementos de formación, además, debes matricularte de los mismos en el momento de realizar la matrícula de tutela académica (ver calendario de matrícula)
Para saber cuál es el Real Decreto que regula los estudios de doctorado que estás cursando, te ofrecemos las siguientes indicaciones:
También puede comprobar qué Real Decreto regula su plan de estudios a través de su Resumen de Expediente que puede consultar en sus datos académicos de Secretaría Virtual
Durante el primer año como estudiante de doctorado, deberás realizar las siguientes acciones:
Se entiende por documento de actividades del doctorando (D.A.D) el registro individualizado de control de actividades de formación realizadas por el doctorando. Este documento será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado anualmente por la comisión académica responsable del programa de doctorado. Más información: Evaluación
Los complementos de formación deben ser cursados y superados en el primer curso de doctorado, tanto si eres estudiante a tiempo completo como a tiempo parcial.
La no superación de los complementos de formación establecidos en este tiempo implica la no admisión en el programa de doctorado y anulación de la matrícula de tutela académica perdiendo todos los derechos como estudiante de doctorado
Según la Nueva Normativa de los Estudios de Doctorado en el Art. 30,2 los estudiantes de doctorado deberán renovar su matrícula de tutela académica de tesis cada curso académico, salvo en los supuestos de baja temporal o por enfermedad regulados en la presente normativa.
La matrícula en un programa de doctorado otorga al estudiante de doctorado el derecho a la utilización de los recursos disponibles necesarios para el desarrollo de su trabajo, y la plenitud de derechos previstos para los estudiantes de doctorado de la Universidad de Sevilla. http://www.us.es/campus/servicios/asuntosg/carnet
La no matriculación en un curso académico supondrá la renuncia a la condición de estudiante de doctorado de la Universidad de Sevilla para ese curso.
Los estudiantes de programas de doctorado en extinción (RD 185/1985, RD 778/1998, RD 56/2005 o RD 1393/2007) deberán defender su tesis doctoral en los plazos que establece el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado en las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, modificadas posteriormente por el RD 534/2013, de 12 de julio.
En aplicación de ello, la Comisión de Doctorado de la Universidad de Sevilla, en su reunión de fecha 28 de noviembre de 2014 fija los plazos para el depósito y la defensa de la tesis doctoral que habrán de tenerse en cuenta por los estudiantes que estén cursando programas de doctorado regulados conforme a planes de estudio en proceso de extinción.
Más información: Presentación de la tesis doctoral
Aquellos estudiantes que no cumplan con el calendario de extinción establecido en el RD 99/2011 y demás normativa de aplicación, para continuar sus estudios de doctorado deberán solicitar su admisión a un programa de doctorado regulado por el RD 99/2011 en el plazo y forma que determine la Universidad cada curso académico.
Más información: Acceso a doctorado
Según la nueva normativa reguladora del régimen de la tesis doctoral de la Universidad de Sevilla, Acuerdo 9.1./CG 19-4-2012, en su artículo 9 destinado a la tesis doctoral, se detalla que “Podrán presentarse para su evaluación como tesis doctoral un conjunto de trabajos publicados por el doctorando”.
De esta forma, se puede presentar un compendio de publicaciones elaboradas por el doctorando como tesis doctoral. No obstante, la normativa detalla específicamente las condiciones de esta modalidad. Ver tesis por compendio de publicaciones.
La tesis puede escribirse y defenderse en los idiomas habituales para la comunidad científica en su campo de conocimiento (art. 9, Acuerdo 9.1./CG 19-4-2012). El proceso es el mismo que para otra tesis realizada en español.
Sí, siempre que la defensa se realice en estancias de la Universidad de Sevilla, salvo convenio que establezca lo contrario.
Para doctorandos pertenecientes al RD 185/1985, RD 778/1998, RD 56/2005 y RD 1393/2007 (inscripción del proyecto de tesis con anterioridad al 11 de febrero de 2011), disponen hasta el 11 de febrero de 2016.
Para doctorandos pertenecientes al RD 1393/2007 (inscripción del proyecto de tesis entre el 11 de febrero de 2011 hasta el 30 de septiembre de 2013), disponen de plazo para defender la tesis doctoral hasta el 30 de septiembre de 2017.
Toda esta información puede consultarla en: Presentación de la tesis doctoral
Según el artículo 3.2 del RD 99/2011de 28 de Enero, para el estudiante a tiempo completo, la duración de los estudios será de un máximo de tres años desde la admisión al programa hasta la presentación de la tesis. Si transcurrido el plazo de tres años no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional. Para el estudiante a tiempo parcial, la duración máxima se establece en cinco años, con una prórroga por dos años más que, excepcionalmente, podría ampliarse por otro año adicional.
Solicitud de prórroga:
Para doctorandos pertenecientes a programas regulados por los RD 778/1998 y RD 1393/2007, en el artículo 6.4. del Acuerdo 9.1./CG 19-4-2012 se recoge que las propuestas de modificaciones del proyecto de tesis doctoral se tramitarán por el mismo procedimiento que en la inscripción.
Según el Acuerdo 9.1./CG 19-4-2012, de la Universidad de Sevilla, no existe restricción alguna para que dichos expertos formen parte del tribunal de tesis.
No es necesario. Según Acuerdo de la Comisión de Doctorado con fecha 18/11/2008 se puede optar a la Mención Internacional siempre que la estancia de tres meses fuera de España resulte de la suma de varias estancias y que ninguna de ellas sea inferior a 30 días, realizándose dichas estancias en el ámbito del mismo proyecto y en la misma institución de enseñanza superior o centro de investigación.
Para conseguir la Mención Internacional, la estancia debe ser realizada mientras estás matriculado en el programa de doctorado y ostentes la condición de estudiante de doctorado.
Las certificaciones que pueden solicitarse son:
Puede solicitarse la certificación en nuestras oficinas (Servicio de Doctorado, Pabellón de México), así como mediante correo electrónico.
Por mail deberá remitir un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. , indicando la certificación que solicita (detallar el programa de doctorado al que hace referencia), incluyendo sus datos personales (nombre y apellidos, DNI, teléfono), así como una copia de su DNI o Pasaporte.
En aquellos casos en los que haya que abonar el certificado, se le entregará en nuestras oficinas la carta de pago para abonarla en cualquier oficina del Banco de Santander. Si ha solicitado el certificado por correo electrónico, se le remitirá por este medio la carta de pago y una vez abonada se debe remitir escaneada. No es posible realizar el pago mediante transferencia bancaria, salvo que se encuentre fuera de España. En este caso, indíquelo y se le explicará cómo proceder al abono de la carta de pago.
Desde el abono de los gastos, el certificado tardar 10 días hábiles. En caso de residir fuera de Sevilla, se puede remitir el certificado por correo postal, siempre y cuando lo indique.
Efectivamente, usted puede autorizar a otra persona para recoger su certificado. Para ello, debe facilitarle la correspondiente autorización con copia de su DNI y detallando claramente quién es la persona a la que autoriza, la cual deberá presentar el DNI como acreditación.